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Acerca de
INSPECCIÓN TÉCNICA DE EDIFICIOS
La Inspección Técnica de los Edificios, en vigor desde el 26 de Febrero de 2011, es un sistema de control periódico del
estado de los edificios de viviendas con el fin de verificar el deber que tienen los propietarios de conservar y rehabilitar sus
inmuebles.
La inspección es visual y se hace sobre aquellos elementos accesibles del edificio. No tiene por objeto detectar posibles
vicios ocultos ni prever causas sobrevenidas, aunque se puede extraer la conveniencia de una diagnosis más profunda. Lo
tiene que llevar a cabo el/la técnico/a con titulación de arquitecto, aparejador, arquitecto técnico o ingeniero de la edificación,
contratado/a por los titulares del edificio a inspeccionar.
La ITE da lugar a un informe que describe el estado actual del edificio, las deficiencias detectadas y plazo para enmendarlas
y la calificación del estado general del edificio. El informe es previo a la obtención del Certificado de Aptitud del Edificio,
expedido por la administración.
Va dirigido a:
•
Propietarios/as de edficios de viviendas (Propiedad Vertical)
•
Comunidad de Propietarios/as (Propiedad Horizontal)
No va dirigido a propietarios/as de edificios unifamiliares ni tampoco a la propiedad de edificios declarados inicialmente en
ruina por el ente local competente.
Está obligada a encargar la ITE la propiedad de los edificios de más de una vivienda y que:
•
Superen la antigüedad establecida en el programa de inspecciones
•
Quieran acogerse a ayudas públicas para su rehabilitación o alguna de sus viviendas
•
Determinen los programas u ordenanzas locales
•
Declare la Administración ante causas justificadas como situaciones de riesgo, determinadasdeficiencias o la ubicación
en áreas de conservación y rehabilitación.
Antigüedad y Plazos Máximos de presentación del ITE
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Anteriores a 1930
Hasta el 31 de diciembre de 2012
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Entre 1931 y 1950
Hasta el 31 de diciembre de 2013
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Entre 1951 y 1960
Hasta el 31 de diciembre de 2014
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Entre 1961 y 1970
Hasta el 31 de diciembre de 2015
•
A partir de 1971
Hasta el 31 de diciembre del año en el que el edificio cumpla 45 años